CIDH expresa profunda preocupación por el deterioro en la separación e independencia de poderes y el menoscabo de la institucionalidad democrática en Venezuela

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31 de agosto de 2017

Washington, DC – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su profunda preocupación por los actos de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) recientemente instalada en Venezuela que exceden las competencias de un órgano constituyente y usurpan las competencias de la Asamblea Nacional, lo que afecta la separación de poderes y la democracia representativa. A la Comisión le preocupa la potestad discrecional de la ANC para destituir y nombrar a cualquier autoridad del Estado venezolano, entre ellos magistrados y fiscales, y dictar y/o reformar leyes, e implementar decisiones sin control de otros poderes y las garantías necesarias.

La CIDH manifiesta preocupación por una serie de decisiones adoptadas por la ANC, bajo esta potestad discrecional, que no cumplen con las garantías mínimas del debido proceso. Entre estas decisiones se encuentra la destitución de la Fiscal General de Venezuela, Luisa Ortega Díaz, el pasado 5 de agosto de 2017, a quien se le había iniciado un antejuicio de mérito por presuntas faltas y delitos sobre sus funciones y quien se encontraba investigando el alegado fraude electoral de la ANC, así como a miembros de la fuerza pública por disparar contra manifestantes en las protestas.  El 4 de agosto de 2017 la CIDH otorgó medidas cautelares a la señora Luisa Ortega Díaz y su núcleo familiar, al considerar que, según lo informado, se encontraban en una situación de gravedad y urgencia toda vez que sus derechos a la vida e integridad enfrentan un riesgo inminente de daño irreparable.

Adicionalmente, el 8 de agosto de 2017 la ANC emitió un decreto con el fin de regular “competencias, funcionamiento y organización de los poderes públicos de modo inmediato, para el adecuado funcionamiento de las instituciones y preservar la estabilidad”, según el cual ésta podrá “decretar medidas sobre las competencias, el funcionamiento y la organización de los órganos del poder público, que deberán ser acatadas de inmediato; y limitar o decidir la cesación de las autoridades que conforman [esos órganos]».  El Vicepresidente de la ANC indicó que «los organismos del poder público están obligados a cumplir los actos jurídicos que emanen de la Constituyente». La CIDH manifiesta preocupación ante las competencias asignadas a la ANC que podrían permitir que esta actúe como un «poder paralelo» afectando el rol de la Asamblea Nacional y su representación popular.

En la misma fecha la ANC creó la Comisión de la Verdad, Justicia, Paz y Tranquilidad Pública a través de una Ley Constitucional, mientras persiste un contexto de conflicto y polarización político-social. La creación de dicho órgano ha sido rechazada por organizaciones de la sociedad civil al considerar que “en el fondo, lo que se plantea es instaurar y agudizar mecanismos de persecución de la disidencia, y no atender a las necesidades reales y concretas de la población”.

La Comisión recuerda que la relación entre derechos humanos, derechos políticos y democracia ha quedado plasmada en la Carta Democrática Interamericana, donde se señala que: «[s]on elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al Estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de los poderes públicos».

La CIDH urge una vez más al gobierno venezolano a cumplir con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos y a restablecer los mecanismos para garantizar el funcionamiento independiente de los poderes públicos y la participación en la vida política de todos los sectores en el país.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 131/17

 

 

Texto íntegro (Comunicado de Prensa) de © Copyright 2015 OEA

Fuente: https://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2017/131.asp

 

 

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