El día 09 de junio de 2017 funcionarios de la Dirección General de Contrainteligencia Militar privan de libertad sin una orden judicial a los estudiantes, Isabel Bartoli, Arianny Lezama, Mauricio Gómez y José Chacón en el momento que se dirigían a una reunión. Luego de tres días, el 12 de junio de 2017, habiéndose superado el límite legal de las 48 horas, para la presentación ante el tribunal, se realizó la Audiencia de Presentación donde el Ministerio Público solicitó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, establecida en el artículo 242 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal; pero el Tribunal Quinto de Control Penal a cargo del Juez Pablo Hernández cambió la medida solicitada por el Ministerio Público, órgano encargado de la acción penal, imponiendo lo establecido en los ordinales 3, 8 y 9, y exige seis fiadores para cada detenido y presentaciones cada 8 días para materializar la libertad de los estudiantes.
El día 13 de junio del 2017 en horas de la mañana, la defensa consignó los fiadores a los fines de agilizar la libertad de los cuatro ciudadanos, entre ellos dos mujeres estudiantes de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) extensión Guayana, pero el Tribunal Quinto de Control de Circuito Judicial del estado Bolívar, extensión territorial Puerto Ordaz, nuevamente actuó de manera arbitraria y ordenó el traslado a la Cárcel de Vista Hermosa y al Centro de Reclusión de féminas en Vizcaíno. Hasta la presente fecha…
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